CHAU PUCHO, TE VEO EN DIEZ METROS…
Como correspondía, el Ministerio de Salud reglamentó, en lo que al organismo concierne, la ley antitabaco. Permite a sus agentes fumar en lugares techados a no menos de diez metros de su lugar de trabajo, previa autorización de las frecuencias con las que podrán salir a fumar. El Ministerio de Salud de la Provincia, mediante la resolución 548 del 31 de mayo de este año, habilitó espacios en sus dependencias para que quienes sean autorizados hagan uso de algunos espacios para poder fumar. La resolución recuerda que la ley provincial 12.432 prohíbe hacerlo en “todos los edificios públicos”. Sin embargo, la propia norma agrega que “tal prohibición alcanza sólo a los lugares techados, pudiéndose destinar, como área de fumadores, un lugar abierto”. En los considerandos se señala que “resulta menester implementar con la mayor urgencia posible la aplicaciones de las medidas establecidas en la citada ley”, por lo que Sin embargo, en el artículo 2º estipula: “Autorízase al personal fumador de La resolución, conocida entre pasillos como “de las galerías” dice que “la frecuencia con que cada fumador podrá hacer uso de la presente autorización será evaluada por el responsable de cada unidad operativa, teniendo en cuneta la cantidad de personal que fuma y la carga de trabajo a realizar en dicha unidad”. Y sí: la salud empieza por casa. No vaya a ser que tengan que salir a la calle y se enfermen con estos fríos…
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