lunes, julio 9

LA MUERTE SANTAFESINA

El Gran Santa Fe se ha convertido en uno de los conglomerados más violentos del país. En los primeros seis meses del año ocurrieron 60 homicidios. En nuestra ciudad siete personas fueron asesinadas en este periodo. Dos casos emblemáticos nos ponen frente al grave deterioro de las normas básicas de convivencia. La insuficiente respuesta del estado genera más temor entre la población.

Nota publicada en la revista Santo Tomé Investiga - Junio de 2007

El incremento de la violencia delictiva en la capital provincial provocó un nuevo cambio en la cúpula de la Unidad Regional I de Policía. El desplazamiento de Juan Luís Hek y la llegada de Juan Faustino Ruiz vino precedido por una impresionante seguidilla de homicidios – cinco en un solo día – que obligaron a las autoridades del Ministerio de Gobierno a buscar una salida rápida que descomprimiera la sensación de agobio y miedo que afecta a buena parte de la población. Con el peso de las estadísticas sobre sus cabezas, los funcionarios del área de seguridad ya no pueden ocultar que el Gran Santa Fe es uno de los conglomerados urbanos más violentos del país. En los primeros seis meses del año se produjeron 60 asesinatos, casi la misma cantidad de crímenes que en Rosario pero con una población tres veces menor. En igual proporción se suceden los robos en comercios y viviendas y los arrebatos callejeros.

Sin embargo, el discurso oficial siempre encuentra explicaciones para las situaciones donde aparece desbordado. Según el Subsecretario de Gobierno de la Provincia, Walter Gálvez, “genera enorme preocupación la manera en que se ha incrementado la violencia entre los violentos”, agregando a modo de atenuante, que “Rosario tiene el 37 por ciento de los homicidios en ocasión de robo y Santa Fe el 5 por ciento en ocasión de robo. Históricamente Santa Fe tuvo más homicidios que la ciudad de Rosario. Si hacemos el desagregado de los homicidios en La Capital, de los 58 casos hay 40 que tienen antecedentes penales, lo que esta marcando el nivel de violencia que tenemos, donde un conflicto que antes se resolvía a los puños o con un cuchillo, hoy se hace a través de las armas”.

Para el funcionario, el problema se complica “cuando las bandas, que no son sofisticadas ni gran nivel de tecnología como para robar un banco o producir un secuestro, chocan entre si y tenemos estos desenlaces, que por ahí no tienen repercusión en la opinión pública pero que para el que vive en esos lugares si es preocupante”.

En este contexto, nuestra ciudad también se ha visto conmovida por graves hechos de violencia aunque en una escala menor. En lo que va del año – hasta el 3 de junio pasado – ocurrieron siete homicidios. El 14 de enero, a las 8 y 20 de la mañana, aparece muerto – con un disparo de arma de fuego en la cabeza - Juan Daniel Vega (43 años) en calle Lubary al 1700. El 20 de enero, en horas de la siesta, es asesinado de una cuchillada en el vientre, Luciano Sánchez (27 años). El 15 de febrero, cerca de la medianoche, muere Rosana Villalba (31 años) luego de recibir un disparo en el pecho y una herida de arma blanca en el cuello. El 16 de febrero, por la mañana, es encontrado muerto y maniatado Elías Achkar (81 años) como consecuencia de un robo. El 15 de marzo, al costado de la autopista, aparece sin vida Romelio Caraballo (54 años) con un disparo de arma de fuego en el cráneo. El 27 de marzo, a la madrugada, en calle Santa Fe al 2700, aparece muerto con una herida de arma blanca Orlando Luna (21 años). Finalmente, el 1º de junio, a las 4 de la mañana, un grupo de personas ataca con golpes y puñaladas a Juan Oronado (37 años), frente a su domicilio, ocasionándole la muerte.

Para los santotomesinos, estos crímenes generan conmoción y sirven de advertencia sobre el peligroso deterioro que ha sufrido la convivencia luego de las transformaciones sociales, culturales y económicas ocurridas en los últimos años. De esta manera, la violencia delictiva se impone como el factor determinante de la sensación de inseguridad que se vive en las ciudades, pero que, conviene recordar, también se manifiesta de otras maneras. Pensemos en la inestabilidad laboral, el deterioro de las condiciones de vida y ambientales, los accidentes de tránsito, el temor a la inundación, y carga que todo esto significa cuando se diluyen las expectativas, disminuyen las posibilidades de progreso personal o el estado se desentiende de su función integradora.

Esta situación, incluso es reconocida por las autoridades. Según Walter Gálvez, “el estado no se va a olvidar de ese 30 por ciento que ha quedado marginado, que ha quedado excluido, que ha sufrido inundación, que ha sufrido los vaivenes de la economía como no los ha sufrido otro sector de la sociedad, y que le cuesta la inclusión (…) estamos hablando de lugares con muchas carencias a donde el estado no ha podido llegar y se notan los resabios de la década de los noventa”.

Por ello, no se puede dejar de observar, que frente a la complejidad que tienen los problemas de violencia y seguridad, la reciente respuesta estatal no sale de las recetas ya ensayadas de más policías, más patrulleros y allanamientos masivos. De todos modos, también se debe reconocer, que para las personas que sufrieron las consecuencias de un delito ninguna de las circunstancias sociales antes descriptas sirven de atenuante. Para la gran mayoría de vecinos el aumento de la presencia policial es necesaria, más allá que comprendan que la problemática requiere de otras soluciones. En las actuales circunstancias, lo mínimo que se puede pedir, es tener la posibilidad de comprobar la eficacia de la acción reparadora de la policía para encontrar y detener a los delincuentes y de la justicia para castigar en el marco de la ley a los responsables de los hechos de violencia.

Pero la llegada de esta respuesta también tiene sus problemas. Frente al incremento de los hechos delictivos la policía y la justicia operan en base a una escala de prioridades implícita derivada de las limitaciones que impone la dimensión de sus respectivas estructuras. Según este criterio de “economía de procedimientos” la fuerza de seguridad interviene si el hecho reúne alguno de estos parámetros: existencia de víctimas fatales o heridos; impacto público del hecho; valor material del botín; ubicación geográfica; o relevancia social o política de la víctima. En el ámbito judicial también se produce esta “selección política” de las causas. Se sabe que los jueces de instrucción priorizan la investigación de los homicidios, los delitos contra la propiedad según la cuantía de lo robado, las agresiones sexuales y los delitos donde se utilizó violencia, principalmente cuando aparecen armas de fuego.

Pero estos criterios también obedecen a definiciones ideológicas más profundas que operan de manera permanente en los distintos niveles del estado. En esta línea se inscribe la distinción que los funcionarios políticos o policiales hacen entre los asesinatos ocurridos, por ejemplo, en ocasión de robo y los derivados de supuestos ajustes de cuentas. Solo de este se puede entender que el subsecretario de Gobierno de la Provincia, Walter Gálvez, considere un dato auspicioso que en el Gran Santa Fe solo el 5% de los asesinatos se produjo como consecuencia de un atraco cuando en Rosario ese porcentaje llega al 37%. Lo que el funcionario parece querer decir es que las muertes ocurridas entre “los violentos” son menos importantes que las sufridas por alguno de “nosotros”. La otra clasificación oficial que pone en evidencia un intento de desligar al estado de algún grado de responsabilidad es la definida como “resolución violenta de conflictos”. Se trataría de aquellas situaciones que antes se resolvían en una discusión acalorada, o en última instancias a través de los puños, pero que ahora se terminan con un cuchillo o el disparo de un arma de fuego.

Lo cierto es que este tipo de crímenes nos ponen frente a la evidencia del profundo deterioro de los lazos de convivencia que se ha producido en nuestra sociedad donde el desprecio por la vida ajena emerge con fuerza. Esto vale tanto para el ladrón que ejecuta a su víctima como para el hombre o la mujer que ultima a su pareja. Lo mismo se puede decir de quien busca justicia por mano propia. La presencia perturbadora de estos hechos es un espejo donde pocos quieren mirarse.

Oronado

Algunos medios de comunicación santafesinos no dudaron en hablar de “linchamiento” al momento de informar sobre el asesinato de Juan Manuel Oronado ocurrido el pasado 3 de junio en barrio 12 de Septiembre. El relato periodístico señalaba que un grupo de allegados a una chica de 15 años atacó a puñaladas y golpes a este hombre de 37 años porque supuestamente intentaba seducir a la jovencita mediante mensajes telefónicos de texto. La historia se fue tornando más confusa, cuando fuentes policiales hicieron trascender que la madre de la chica supuestamente agraviada había concurrido a la Comisaría 23 para dejar constancia del acoso sexual al que estaba siendo sometida su hija.

Lo cierto es que la investigación judicial posterior determinó que nunca existió una denuncia por agresión sexual presentada contra Oronado y la relación de este hombre con la chica tampoco pudo ser desentrañada. Sin embargo, los rumores y la exaltación de los familiares de la chica desataron una tragedia que muestra el grado de deterioro que tienen las relaciones sociales en nuestra ciudad.

Por eso es muy significativo que en el caso de Oronado se hable de linchamiento. Se trata de una ejecución sin proceso de un sospechoso por parte de una multitud. Su origen viene del estadounidense Charles Lynch, juez del estado de Virginia en el siglo XVIII, quien en 1780 ordenó la ejecución de un grupo de partidarios de los ingleses sin dar lugar a juicio.

Esta práctica rompe un principio ordenar fundamental de cualquier sociedad organizada. El estado es el único legitimado para hacer uso de la fuerza siguiendo una serie de requisitos claramente pautados en las leyes respectivas. En forma paralela, los particulares deben recurrir al auxilio del estado para resolver sus conflictos, a través de la fuerza de seguridad o la justicia. Cualquiera que se ponga por fuera de esta reglas atenta contra el orden público y las reglas básicas de convivencia. Por supuesto que existen circunstancias atenuantes comprendidas por la misma ley, como es el caso de la defensa propia, pero aquí también se exige que la respuesta sea proporcionada.

Rastreando en la historia se pueden encontrar numerosos antecedentes de sociedades que aplicaron en distintas circunstancias la “ley de Linch”. Esta manifestación de violencia se suele producir de forma espontánea por motivos sociológicos concretos, normalmente por la conmoción que ha podido producir en una sociedad un delito concreto. Sin embargo, un linchamiento también puede haber sido provocado por motivos racistas, religiosos, políticos o de otra índole, e incluso estar planificado con antelación. Hay quienes sostienen que se trata de una reacción instantánea frente a una agresión. Una reacción defensiva por la desconfianza que, en muchos casos, generan las decisiones de los tribunales legalmente constituidos, que se repite a lo largo y ancho del país.

No hace falta alejarse mucho para comprobar que la “ley de Linch” sigue siendo justificada por muchos sectores sociales como una forma de escarmiento para los robos, asesinatos, violaciones o raptos. Sus apologistas sostienen, que, como la gente ha perdido la confianza en los jueces y, preocupada de su propia conservación, toma para sí la represión penal eliminando del cuerpo social a los elementos perturbadores de la tranquilidad pública y el bienestar de la comunidad. En otras palabras, justicia en manos de la turba. Lo que no se dice, es que el linchamiento puede acabar con la vida de una persona inocente, y que lejos de calmar una supuesta “sed de justicia” puede desencadenar una espiral de violencia.

Como se sabe ahora, en el caso de Juan Manuel Oronado la reacción de sus victimarios ni siquiera tuvo como disparador un hecho aberrante previo. Apenas algunos rumores y la ingesta abundante de alcohol. De todos modos, no deja de ser preocupante reconocer lo poco que hace falta para poner en marcha una decisión homicida.

Por la muerte de Oronado hay tres personas detenidas de 20, 22 y 30 años. Según la primera versión de los sucesos, este grupo habría intentado quemar el automóvil de la víctima, estacionado en la puerta de su casa, en Jujuy al 3800. Frente a los gritos de los agresores, Oronado salió a la vereda, acompañado por su esposa, cuando fue atacado con golpes, patadas y cuchillos. Luego de esto fue arrastrado por la calle en medio de una brutal golpiza.

Inmediatamente, la investigación se dirigió hacia el entorno familiar de la chica supuestamente acosada por Oronado. En primera instancia fueron detenidas seis personas, pero luego solo tres permanecieron en esa situación. La causa estuvo en el arranque a cargo del Juzgado de Instrucción de la 7ma Nominación, pero como uno de los imputados tenía un pedido de captura vigente por el robo de un televisor, las actuaciones pasaron al Juzgado de instrucción de la 5ta Nominación, a cargo de Darío Sánchez. En sus declaraciones indagatorias, los detenidos alegan que reaccionaron frente a una agresión sexual sufrida por la chica, pero esto hecho no pudo ser comprobado ni tampoco fue denunciado. Ahora resta efectuar una reconstrucción de la fatídica madrugada del 3 de junio, antes que el magistrado resuelva la situación procesal de las personas involucradas.

Achkar

Otro caso delictivo que conmovió a los santotomesinos fue el robo seguido de muerte de Elías Achkar. El cuerpo del hombre de 81 años fue encontrado sin vida, maniatado sobre su cama, el sábado 16 de febrero cerca de las 7 de la mañana, cuando llegó a la casa de calle Rivadavia 2016 la mujer que habitualmente realizaba las tareas de limpieza y cocina. Por este hecho fueron detenidos y procesados Sebastián Fernando Castro y Germán Matías Castro, de 29 y 21 años respectivamente, ambos domiciliados en Sarmiento al 2400, continuando la búsqueda de un tercer involucrado.

La resolución firmada el pasado 23 de mayo por el juez de Instrucción Darío Sánchez - a la que tuvo acceso STI - describe que el cuerpo de Achkar “se hallaba atado de pies y manos sobre la cama ubicada en el dormitorio principal de la casa, a la vez que se observaba un gran desorden en las distintas dependencias de la misma”.

Los investigadores pudieron determinar que los autores del delito ingresaron “por una ventana tipo persiana que se encuentra en una pared lateral del frente de la vivienda, con su tela metálica rota, hallándose del lado externo de la misma, una huella de pisada en el piso de tierra presumiblemente de zapatilla”. Por distintos testimonios se logró establecer que el botín del robo se redujo a un teléfono celular marca Motorolla, un bolso de tela de avión, dos luces de emergencia y una pequeña cantidad de dinero en efectivo.

La clave de la pesquisa fue el teléfono celular. Cuando los hermanos Castro fueron detenidos se secuestraron de su domicilio varios teléfonos utilizados por los jóvenes y su familia. A partir de un informe de la empresa CTI Móvil sobre las llamadas entrantes y salientes registradas en la línea de Achkar; las pericias realizadas por la Dirección de Observaciones Judiciales; y las declaraciones de 30 testigos; en el juzgado pudieron detectar, que a las pocas horas de cometido el crimen, la línea del farmacéutico fallecido volvió a ser utilizada.

El primer mensaje fue enviado a las 11:58 del 16 de febrero de 2007. Luego siguieron los intercambios y varias llamadas, que presumiblemente se hicieron aprovechando el crédito remanente en el abono, ya que el aparato sustraído habría sido vendido. Para concretar estas comunicaciones los Castro utilizaron al menos tres teléfonos celulares en los que quedó registrado el chips que en vida utilizó Elías Achkar.

“Con los numerosos testimonios prestados en la causa, se verifica que todos ellos tienen un marco común, es decir el celular o chips que perteneciere al occiso Achkar, en poder de la familia Castro, y que concretamente lo usaban Germán Castro y/o Sebastián Castro, y eventualmente algún integrante de su familia, aprovechando que dicho chips tenía crédito para realizar mensajes de texto”, dice el magistrado en su resolución, en relación al elemento de cargo más relevante reunido hasta el momento.

Un dato llamativo surgido en la investigación es el precario sistema de registro que utilizan las agencias dedicadas a la venta de teléfonos celulares. En el caso del aparato sustraído en el domicilio de Achkar, aparece como titular del mismo el sobrino de la víctima, quien lo había comprado para regalárselo a su tío. Cuando el dueño del comercio donde la línea fue comprada – ubicado en la zona céntrica de Santa Fe – prestó declaración testimonial, en el juzgado escucharon con sorpresa que todos los teléfonos vendidos en dicho local figuraban a nombre del propietario de la agencia. La explicación brindada por el comerciante fue que esto se hacía para agilizar los trámites de activación. La documentación aportada permitió establecer que más 3.000 líneas de CTI Móvil figuraban bajo un mismo titular. Los empleados judiciales le explicaron al comerciante los riesgos que asumía si alguno de esos aparatos era utilizado para cometer un ilícito.

En relación a la muerte del farmacéutico, el magistrado sostiene que la misma “se produjo como consecuencia del stress a causa de las lesiones traumáticas corporales” sufridas por una persona añosa en ocasión del atraco del que fue víctima. “Tal situación es directamente imputable objetivamente a las acciones desarrolladas por los encartados en ocasión de la comisión del hecho contra la propiedad”.

“Es claro que los imputados para facilitar el hecho ataron de pie y manos y golpearon a la víctima (…) Por ello entiendo que cuando los imputados realizaron estas acciones, no tenían la intención de provocar la muerte, sino facilitar su accionar. Pero también considero que no ignoraron el peligro que generaba su acción para la vida de la víctima y en ese orden se desentendieron totalmente del resultado, demostrando un singular desprecio por la suerte que podía correr la víctima”. De esta manera, el juez Darío Sánchez, entiende que Germán Sebastián Castro incurrieron en el delito de homicidio en ocasión de robo que contempla una pena de 10 a 25 años de prisión (Artículo 165 del Código Penal).

Según pudo saber STI, el juez de la causa sigue produciendo pruebas para aportar en el juicio. Por su parte, el defensor de los acusados presentó una apelación y se espera que en las próximas semanas se expida la Cámara Penal.


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