MILLONES BAJO LA LUPA
El Tribunal de Cuentas de la Provincia cuestionó numerosas contrataciones de bienes y servicios efectuadas por distintas reparticiones del estado santafesino. Estos trámites contienen errores materiales, de cálculo, omisiones o carecen de justificación legal. El monto observado supera los 420 millones de pesos. Legalidad
El Ministerio de Gobierno contrató en forma directa una red privada de telefonía celular con destino al Tribunal Electoral de la Provincia. Los trámites previos a la adjudicación fueron deficientes, lo cual determinó, que el costo de los servicios fuera mayor que el precio ofertado. Para el organismo encargado del control externo de la hacienda pública se trata de una contratación sin justificación económica que debe ser investigada en un sumario. También el Ministerio de Asuntos Hídricos realizó contrataciones que pueden derivar en un perjuicio patrimonial para el estado. En una licitación convocada para la adquisición de maquinaria pesada, se desestimó una oferta porque las firmas estampadas al pie de la documentación no estaban aclaradas. Como consecuencia de rigorismo formal se compraron los equipos más caros. En Rosario, una ONG recibió $ 1.750.000 para refaccionar edificios públicos, sin compulsa de precios ni acreditación de antecedentes o capacidad. Estos tres ejemplos son apenas una muestra de las numerosas irregularidades detalladas en la Memoria 2006 que el Tribunal de Cuentas de la Provincia presentó recientemente a la Legislatura santafesina.
El documento consta de 91 páginas y aguarda tratamiento en la Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas. El dictamen de esta comisión es imprescindible para que las cámaras legislativas puedan analizar la actuación del organismo de control durante el año 2006. Pero debido a que varios senadores y diputados renunciaron recientemente a este cuerpo, es posible suponer, que este debate nunca se producirá.
Pero más allá de los justificados cuestionamientos que la actuación del Tribunal de Cuentas ha cosechado en los últimos años, el repasó de su actuación resumido en la Memoria 2006, es un ejercicio interesante para conocer algunos detalles sobre la forma en que la administración de Jorge Obeid gasta el presupuesto provincial.
Balances
A partir de la sanción de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, el Tribunal de Cuentas de la Provincia reglamentó la forma en que las distintas jurisdicciones deben presentar los balances de movimientos de fondos, que hagan posible el contralor de los aspectos formales, legales, contables, documentales y numéricos, de los actos de gobierno que involucren recursos del presupuesto.
Por ello, para que el organismo de control pueda cumplir con su cometido es indispensable que los responsables de los servicios administrativos-financieros de cada jurisdicción presenten en tiempo y forma el respectivo balance de movimientos de fondos. Sin embargo, esta obligación elemental de los funcionarios, no siempre se cumple.
Otro aspecto importante incluido en la Memoria 2006 del Tribunal de Cuentas de la Provincia es el análisis de legalidad de todos los actos administrativos (decretos, resoluciones, disposiciones y otros) que se refieren o estén vinculados directamente a la hacienda pública.
Según se desprende de las planillas incorporadas al documento presentado en la Legislatura, el año pasado se firmaron 55.648 actos administrativos de contenido hacendal; de los cuales, 2.427 son decretos, 31.335 resoluciones, y 21.886 son disposiciones o decisorios de otro tipo.
En el ejercicio de su tarea de control, el Tribunal de Cuentas puede dictaminar un “reparo administrativo” cuando el trámite analizado contiene errores materiales, de cálculo u omisiones; o puede emitir una “observación legal” si el acto administrativo es dictado en contravención a disposiciones legales o reglamentarias en vigencia.
En el primer caso se inicia el denominado “Juicio de Cuentas”, donde el funcionario responsable tiene la oportunidad de efectuar su descargo y corregir los errores u omisiones. Si esta respuesta no es satisfactoria, el TCP tiene facultades para reclamar el pago de las sumas cuya justificación no existiera o fuera defectuosa. Este paso se denomina “formulación de cargo”.
Cuando los actos, hechos u omisiones de los agentes o funcionarios fueron realizados en violación de las normas que regulan la gestión hacendal y produzcan un perjuicio para el patrimonio estatal, se inicia un “Juicio de Responsabilidad Administrativa”. En este caso el TCP puede actuar de oficio o por denuncias formuladas por agentes, funcionarios o terceros. Este procedimiento tiene por objeto: determinar la existencia de un perjuicio económico causado por la conducta de agentes de la administración; identificar a los responsables; determinar el monto del perjuicio; y condenar al responsable al pago del daño.
En ambos casos, el reclamo contra el agente o funcionario involucrado puede derivar en una demanda judicial que debe llevar adelante Fiscalía de Estado.
En este sentido, en el año 2006, el Tribunal de Cuentas de la Provincia llevó adelante 926 “Juicios de Cuentas” donde se investiga la forma en que fueron utilizados $ 421.263.998,20. Estos procedimientos ya derivaron en diez “formulaciones de cargo” por un monto total de $ 2.208.369,76. Esto significa que algunos funcionarios de las reparticiones involucradas pueden enfrentar reclamos por las sumas de dinero cuyo gasto no pudieron justificar. En esta situación se encuentran: Hospital Iturraspe ($ 1.270.755,76); Ministerio de la Producción ($ 379.316,86); Fondo Actividad Portuaria ($ 237.789,42); Secretaría General y Técnica de la Gobernación ($ 118.444,51); Dirección Provincial de Viviendas ($ 73.279,47); Ministerio de Obras y Servicios Públicos ($ 60.630,82); Ministerio de Educación ($ 29.004,77); Ministerio de Salud ($ 26.135,04); Gobernación ($ 10.173,41); y Cámara de Diputados ($ 2.830,70).
Tirón de orejas
Pero además de la sustanciación de los juicios de cuentas o responsabilidad administrativa, el Tribunal de Cuentas de la Provincia tiene la facultad de recomendar a las autoridades correspondientes la adopción de las medidas administrativas que considere necesarias para prevenir y corregir irregularidades en la gestión de los entes públicos. También puede comunicarle al titular de cada poder del estado, cualquier trasgresión a las normas que rigen la gestión financiera y patrimonial cometida por los agentes de la administración a efectos de que se inicien los sumarios administrativos correspondientes. Incluso puede imponer multas en los casos de no acatamiento o desobediencia a sus requerimientos o decisiones, las que serán graduadas entre el 5 % y el 100 % del sueldo del agente administrativo de mayor jerarquía del organismo involucrado.
Por ello, uno de los capítulos más importantes de la Memoria 2006 del organismo de control es el denominado “Recomendaciones y Advertencias”. Allí se analizan convenios, licitaciones, ampliaciones o reducciones presupuestarias y designaciones de personal, que han merecido algún tipo de reparo legal o formal. En algunos casos se trata de observaciones leves y en otros aparecen situaciones de mayor gravedad. Tomemos algunos ejemplos:
Ministerio de Gobierno: Por Decreto Nº 2760/05 se incorporaron a la Dirección Provincial del Menor en Conflicto con la Ley Penal 66 empleados por el plazo de seis meses. “…la gestión no se ciño a derecho desde el momento en que se permitió la toma de posesión de cargos sin acto administrativo previo que lo disponga.”, dice el TCP.
Por Resolución Nº 1866/05 se contrató en forma directa la provisión de una red privada de 128 aparatos móviles en comodato a una empresa de telefonía celular con destino al Tribunal Electoral de la Provincia. Para el TCP “no se justifica la conveniencia económica del servicio contratado (…) el importe adjudicado no se ajusta estrictamente a los valores ofertados”. Por estas y otras razones, se recomienda la apertura de un sumario para analizar la conducta de los agentes involucrados.
Ministerio de Obras Públicas: En la obra de “Rehabilitación Edificio Museo Provincial Cs. Naturales Dr. Ángel Gallardo, 1º etapa-Rosario”, se certificaron trabajos que no correspondían con las modificaciones constructivas ordenadas, “configurándose un procedimiento irregular cuya responsabilidad primaria administrativa, y eventualmente, patrimonial, debe deslindarse a través del correspondiente sumario administrativo”.
En el marco del Programa de Reparación de Edificios Públicos con Participación Comunitaria (PREPAC), el TCP requirió información sobre “el fundamento legal que avale la construcción de un edificio nuevo” cuando el objetivo del programa “presupone reparaciones, ampliaciones, remodelaciones, refuncionalizaciones o instalaciones de equipos…”. Relacionado con esta operatoria, también se advierte “el apartamiento de la normativa general de contrataciones para obras públicas”, teniendo en cuenta que una ONG de Rosario “tiene asignados PREPAC por un importe de $ 1.750.276,20” sin que se haya acreditado “que dicha entidad posee una estructura técnico-administrativa que le permita una correcta administración de los fondos”. Por estos motivos se recomienda: compulsa de precios para las contrataciones; pagos contra certificación de trabajos “y no en su totalidad a la firma del convenio como ocurre en la actualidad”; y restringir “la entrega simultanea de fondos a una misma entidad”.
Ministerio de Asuntos Hídricos: En la Licitación Pública Nº 145/05 convocada para la adquisición de retroexcavadoras, tractores y cargadores, la Dirección Provincial de Suministros y Contrataciones, desestima una oferta debido a que las firmas estampadas al pie de cada hoja de la presentación efectuada por la empresa interesada, carecían de aclaración. Para el TCP esta exclusión no es procedente, advirtiendo que “se ha incurrido en un excesivo rigorismo formal que en nada se compadece con una buena política de compras del estado, teniendo en cuenta el bajo valor de la oferta comparada con el presupuesto oficial”. Por estas actuaciones se recomienda la apertura de un sumario.
En la Licitación Pública Nacional e Internacional destinada a la precalificación de oferentes para el financiamiento y construcción de los Grandes Acueductos, el TCP sostuvo que dicho procedimiento “no encuentra previsión en el bloque de legalidad vigente”. El ministro Alberto Joaquín “debió haber contado con la autorización de la Legislatura”, pese a lo cual, “se advierte que aún sin contar con el aval presupuestario correspondiente, otorgado expresamente por la las Honorables Cámaras Legislativas”, se ha iniciado un procedimiento de selección de empresas. Pese a que finalmente el proceso de precalificación no se concretó, se advierte que es necesario “dilucidar si la conducta asumida por funcionarios de esa dependencia (Asuntos Hídricos) pueda ser pasible de la iniciación del Juicio de Responsabilidad previsto en la Ley Nº 12.510”.
Observaciones y advertencias similares fueron efectuadas sobre las licitaciones de raciones de comida para los hospitales de Santa Fe y Rosario, la compra de equipos de seguridad por parte del Ministerio de Hacienda, y la contratación de servicios médicos para la Empresa Provincial de Energía.
Nada nuevo que nos pueda sorprender en la “provincia invencible”.
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