EL PROYECTO TRAMPOSO DE LOS SENADORES JUSCIALISTAS
El proyecto de Acceso a la Información Pública votado la semana pasada genera una confusa situación legislativa que retrasará la aprobación definitiva de una ley sobre la materia. El texto elaborado por Gramajo & Cia. incorpora cláusulas que restringen el derecho a buscar y recibir datos en poder del estado.
Después de cuatro años de dilaciones la Cámara de Senadores de la provincia dio media sanción a un proyecto la ley de acceso a la información elaborado por el bloque del Partido Justicialista. Esta iniciativa no garantiza el acceso universal a los datos en poder de los tres Poderes del Estado, e incorpora cláusulas y expresiones de sesgo limitativo que atenten contra el derecho a buscar y recibir información pública.
La decisión tomada por la bancada mayoritaria de la cámara alta de la provincia genera una confusa situación legislativa que retrasará la aprobación definitiva de la Ley de Acceso a la Información Pública que la sociedad reclama. A partir de ahora existen dos iniciativas con media sanción - la de los senadores justicialistas y la de todos bloques de diputados – inspirados en objetivos diferentes. De esta manera se posterga una posibilidad de profundizar la democracia en nuestra provincia y dotar de transparencia a la gestión pública.
Conviene recordar que en agosto de 2006 la Cámara de Diputados le dio media sanción a un proyecto, consensuado entre diferentes fuerzas políticas, que consagra el acceso a la información, tal como desde hace años viene reclamando una red de organizaciones sociales de la provincia y del país. Sorpresivamente, el mismo día doce senadores justicialistas presentaron otro proyecto que, aunque no contiene la cláusula del interés legítimo introducida por ellos mismos en 2004, incluye restricciones en otros artículos. Tales limitaciones conspiran contra el espíritu de la ley y quedaron incorporadas en la norma que obtuvo media sanción.
Por ello, desde el Foro de Comunicación Santafesino (FOCOS) y la Comisión en Defensa de la Libertad de Expresión y del Trabajo Periodístico del Sindicato de Prensa Rosario, se hizo público el rechazo al procedimiento legislativo utilizado por los senadores justicialistas, advirtiendo sobre el riesgo que significan algunas cláusulas o expresiones contenidas en el texto aprobado.
Con el afán de mantener protegidas algunas zonas oscuras de la administración justicialista de los últimos años, los senadores oficialistas fueron perfeccionando el dispositivo del secreto. El primer avance fue la pretensión de incorporar la cláusula del “interés legítimo”, según la cual, cualquier ciudadano antes de pedir el acceso a una determinada información debía demostrar que tenía derecho a ese conocimiento. De esta manera, los funcionarios de turno tenían la posibilidad de “filtrar” los requerimientos de información y resolver cuales contestaban y cuales no. Lo perverso de este dispositivo era que a través de una “ley de acceso a la información pública” se terminaba limitando “el acceso” al ejercicio de este derecho.
Ahora, el intento de limitación cambia de objetivo. Ya no se trata de limitar las posibilidades de peticionar exigiendo como paso previo demostrar interés legítimo, sino que se intenta achicar el universo de datos o información disponible para el conocimiento público. Para ello, el nuevo proyecto aprobado por los senadores justicialistas incorpora tres trampas que se activarán en la hipotética reglamentación de esta ley.
En primer lugar, se define como información pública la “acumulación organizada de datos en un documento cuyo contenido es de interés general”, introduciendo una distinción sobre el carácter general o particular de los datos que habilita una peligrosa limitación (Artículo 1º). Surge con claridad, que los funcionarios tendrán la posibilidad de definir que información o datos son de “interés general” y pueden ser conocidos por el público.
Esta distinción entre interés general e interés particular se viene aplicando hace 17 años para la edición del Boletín Oficial de la Provincia, con resultados poco alentadores en materia de transparencia y publicidad de los actos de gobierno. En efecto, según el Decreto 3321, firmado por Carlos Reutemann el 19 de noviembre de 1993, solo es obligatorio publicar en el B.O. “los actos administrativos de alcance general y contenido normativo”, cuyos destinatarios sean una “pluralidad indeterminada de personas físicas o jurídicas”.
Como resultado de la aplicación de este criterio, actualmente se publica menos del 10% de los decretos que firma el gobernador, tanto en la versión impresa como digital del Boletín Oficial de la Provincia. El resto de las decisiones administrativas queda protegida por este secreto de facto.
El segundo paso para limitar el universo de información susceptible de ser conocida por el público, se establece en el Artículo 7º, donde se dispone que todos los órganos y entes alcanzados por la ley “deben generar, actualizar y dar a publicidad un índice de la información pública que obre en su poder para orientar a las personas en el ejercicio del derecho de acceso a la información”. Esta disposición se complementa con el Artículo 8º del proyecto que restringe la solicitud de información “a lo informado en el índice por el órgano o ente que corresponda”. De esta manera solo se podría conocer la información incorporado al listado o índice elaborado por los distintos órganos y entes alcanzados por la obligación de informar.
Si los dispositivos anteriores no alcanzan para desalentar a los curiosos, el proyecto de los senadores justicialistas incorpora un remedio mucho más drástico.
Entre las excepciones que los funcionarios pueden invocar para rechazar una petición, figura: cuando “sea necesario establecer la reserva o confidencialidad de determinada información por razones de seguridad, defensa, inteligencia, contrainteligencia, política económica financiera, comercial, tributaria, industrial, científica o técnica. Dicha reserva o confidencialidad se establecerá mediante decreto, resolución o acordada”.
En el proyecto votado por la Cámara de Diputados la “reserva o confidencialidad” debe estar impuesta previamente a la solicitud de información para que pueda ser invocada como una excepción a la obligación de informar. Por el contrario, el proyecto de los senadores justicialistas habilita que la “reserva o confidencialidad” sea impuesta en todo momento, incluso después de una solicitud de información. Y para lograr esto, introducen en la legislación santafesina de un procedimiento que permite guardar bajo secreto cualquier tipo de información por un lapso de treinta años. (Artículo 15)
Frente a esta posibilidad, que solo estuvo vigente durante los gobiernos militares, el reproche por la fijación de aranceles (aunque mínimos); la obligación de exponer motivos al momento de requerir información; o el estiramiento de los plazos para responder una solicitud, aparecen como un detalle menor.
Lo que va quedando claro, es que los senadores justicialistas pretender perpetuar la cultura del secreto y el ocultamiento que ha imperado en la provincia en los últimos 25 años. Frente a este panorama se presenta como deseable que el futuro gobierno de Hermes Binner garantice el acceso a la información pública, al menos en el ámbito del ejecutivo provincial, mediante un decreto de similares características al firmado por el Néstor Kirchner para el poder ejecutivo nacional.
1 comentarios:
lo unico que puedo hacer desde estas palabras.es acompañar al deseo de los periodistas y de toda la comunidad.y hacer fuerza para que en el proximo goberno,busquemos la forma de defender nuestros derechos en foma màs activa.tenemos derechos a la mejor informaciòn entre otros muchos màs,pero tal vez,no encontramos el camino para que la gente,y me incluyo,se interesen en ese tema y en otros temas,tambien importantes.simplemente lo que votaron los justicialistas es nada,y cada vez la gente se encuentra mas lejos del dirigente politico.tengo la esperanza,de que con el nuevo gobierno,algo solo algo,cambie para bien de toda la sociedad.los saludo rodolfo
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